A través del recurso desestimado ahora, Navantia pretendía que la medida se limitase a los 348 trabajadores en activo del astillero de Perlío y, con este objetivo, solicitaba que se anulase el falló que la obligaba a indemnizar a las 4.296 personas que conforman el número total de afectados, entre los que están el personal pasivo -jubilados y prejubilados- y sus beneficiarios.
El juez de lo Social, Alejandro Gracia Lafaja, argumenta su decisión de desestimar el recurso en que la sentencia aludida condenó a Navantia a proceder a la inmediata reapertura y puesta en funcionamiento del economato de la empresa en las condiciones que venían rigiendo antes de su supresión unilateral. Señala, asimismo, que no puede concluirse que en la fase de ejecución provisional se extendiera indebidamente al colectivo de pasivos afectados por el cierre del servicio, añadiendo que las cuestiones en las que ahora incide la empresa son propias de otro momento procesal.
Contra la presente resolución cabe presentar el oportuno recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia.
Fuente: Diario de Ferrol

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